Reduzcamos todo este balance a términos fáciles de comparar.
Lo que pieder el hombre por el contrato social es su libertad natural y un
derecho ilimitado a todo cuanto le tienta y pueda alcanzar; lo que gana es la
libertad civil y la propiedad de todo cuanto posee. Para no engañarnos en estas
compensaciones, hay que distinguir bien la libertad natural que no tiene mas
limites que las fuerzas del individuo, de la libertad civil, que esta limitada
por la voluntad general, y la posesión, que no es más que el efecto de la
fuerza o el derecho del primer ocupante, de la propiedad que no puede fundarse
sino sobre un titulo positivo.
Según lo precedente, podría añadirse a la adquisición del estado
civil, la libertad moral, la única que hace al hombre auténticamente dueño se sí,
porque el impulso del simple apetito es la esclavitud, y la obediencia a la ley
que uno se ha prescrito es libertad.
b)
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